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Publicidad en vallas genera controversia

Retiro de rótulos y vallas
 

Ciudad de Guatemala, 7 de septiembre de 2006/Ante las denuncias recibidas por la Municipalidad de Guatemala por la planta telefónica 1551 y la página web en torno a vallas publicitarias que promocionan ropa interior o llevan algún mensaje de contenido sexual, la comuna capitalina comprende la molestia que representa para algunas personas. Sin  embargo, no es competencia de la Municipalidad de Guatemala establecer  si el material publicitario utilizado por las empresas anunciantes y publicistas atenta contra la moral y buenas costumbres por las siguientes razones: 

  1. La Ley de Anuncios no regula esta situación.
  2. El anuncio se encuentra instalado en propiedad privada y la comuna, únicamente, regula los anuncios instalados en vía pública y aprueba la instalación y/o construcción de estructuras cimentadas en  el subsuelo, en área privada.
  3. En relación con el material publicitario que se exhibe, la municipalidad no está facultada para imponer la aplicación de normas legales relacionadas con la moral, las cuales, de acuerdo con la Ley de Espectáculos Públicos, corresponde a la Dirección de Espectáculos  Públicos del Ministerio de Cultura y Deportes.
  4. Además, la Constitución Política de la República protege la libre emisión del pensamiento.
A pesar de que no es competencia municipal, la comuna metropolitana efectúa gestiones ante las empresas que elaboran anuncios, para que voluntariamente modifiquen o retiren este tipo de publicidad.

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